¿Qué es y cómo funcionan los vouchers de la Sección 8?

Es un gran aporte el Vale de la Seccion 8  no dejes de investigar si darte la oportunidad de contar con una vivienda digna, recibiendo apoyo del gobierno.

Sigue con nosotros y veras la gran cantidad de informacion importante, que seguramente te hara la vida mas fácil.

TABLA DE CONTENIDO

¿Qué es la Sección 8?

Cuando se habla de la Sección 8 no estamos refiriendo al programa de Vales de Elección de Vivienda;  es el más importante programa Federal que trata de la ayuda hacia aquellas familias menos favorecidas.

Pensada también en los adultos mayores, minusválidos para que puedan tener una vivienda digna, que les ofrezca dignidad e higiene en la banca privada.

Debido a que el apoyo de la vivienda se dirige; hacia el núcleo familiar o el individuo que la solicite aquellos participantes tienen la opción de conseguir su propia vivienda, conteniendo casas unifamiliares, adosadas y apartamentos.

¿Cómo funcionan los vouchers de la Sección 8?

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Dicha asistencia del programa se liquida en forma de vouchers o también se les llama vales, estos suelen ser administrados de manera local por las sucursales de vivienda pública.

(PHAs, por sus siglas en inglés), las mismas por su parte, reciben los fondos del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos.

Aquellas familias que se les hace la entrega de vales de la Sección 8 son responsables de ubicar una vivienda cómoda de su preferencia, donde el dueño este de acuerdo con los acuerdos del programa.

Inclusive puede tratarse de la vivienda donde se encuentre residenciada la familia en la actualidad; en tal caso las unidades de alquiler se les exige que cumplan con las normas mínimas de salud y seguridad; asi como lo indica la PAH.

El subsidio de la vivienda lo cancela el dueño de manera directa por la PHA, en nombre de la familia participante.

La familia se dispones a pagar debidamente; la diferencia entre el alquiler real cobrado por el propietario y la cantidad favorecida que otorga el programa.

En determinadas circunstancias, si la PHA lo autoriza, una familia puede utilizar su vale para comprar una vivienda.

El programa de vales de elección de vivienda; deja a criterio del solicitante ubicar la vivienda a la familia de forma individual.

La PHA realiza una selección a cierto núcleo familiar aquellos que sus ingresos son completamente bajos; dándoles apoyo para que se animen a requerir una vivienda digna y asi poder cubrir ciertas necesidades.

Aquel titular de los vales de la Sección 8; se les hace referencia la capacidad de la unidad para que a la hora de elegir una sea funcional no solo en tamaño si no en composición de la familia que va a habitarla.

Dicha vivienda que elija la familia es necesario que tenga un nivel aceptable no solo de salubridad, si no de seguridad antes de que la PHA indique la aprobación de la unidad.

Al momento en que el titular de la Sección 8 se ubica en una vivienda que decide y quiere ocuparla, y a posterior  alcanza un acuerdo con el dueño en cuanto a términos y condiciones de renta.

Es cuando la PHA procede a ser la investigación de la vivienda y fija si el alquiler que se menciona, está de acuerdo y es lógico.

La PHA ofrece una norma a la hora de hacer los pagos, que por lo general es la cantidad correcta para alquilar una vivienda de precio módico dentro del mercado; que se usa para hacer el cálculo de la asistencia que va a percibir el núcleo familiar.

No obstante, el pago estándar no limita ni afecta la cantidad de alquiler que el dueño de una propiedad pueda llegar a cobrar en relación a lo que la familia pueda llegar a pagar.

Teniendo un poco la idea más clara, la familia requiere el 30% de los ingresos brutos que perciban esto de manera mensual destinada al pago del alquiler, servicios públicos etc.

Como lo indica la Ley, al momento en que un núcleo familiar hace la mudanza a una nueva residencia donde el alquiler sea mayor a la norma de pago; los mimos yo pueden hacer ningún pago mayor al 40% de su ingreso mensual.

Requisitos de elegibilidad para los vales de la Sección 8

¿Cuáles son los requisitos mínimos para calcular un FICO® Score?

Lo elegible de los vales de la Sección 8 se poder identificar cada una de las sucursales de vivienda, teniendo como referencia el ingreso bruto anual total y la cantidad de personas que conformen la familia.

Esto cuenta con una limitante hacia los ciudadanos de los Estados Unidos; asi como a las categorías específicas de no ciudadanos que tienen un estatus de inmigración elegible.

En términos generales, aquellos ingresos familiares no deben ser mayores al 50% de los ingresos medios del condado o área metropolitana donde decida vivir la familia.

Una PHA legalmente es necesario que suministre el 75% de todos los vales que están a disposición para los requirentes, los cuales no vayan a superar el 30% de los ingresos medios del área.

Los niveles de ingresos medios se publican por el Departamento de Vivienda, y cuentan con una diferencia dependiendo donde estos se encuentren ubicados.

Mientras corre todo el proceso de solicitud, la PHA conseguirá información en cuanto a los ingresos,  bienes y saber de qué manera está compuesta la familia.

La PHA corrobora la mencionada información de la mano de otras sucursales de la zona, el patrón y el banco, la usara para establecer la elegibilidad para el programa y la cantidad del pago de asistencia para la vivienda.

Si la PHA indica que cuentas con la elegibilidad para percibir los vales de la Sección 8, tu nombre entra en una lista de espera. Luego que te corresponda tu turno, la oficina te va a contactar con tu persona te emitirá un vale de vivienda.

¿Cómo solicito la asistencia de la Sección 8?

Preguntas frecuentes

De estar interesado en pedir la Seccion 8, debes entrar con contacto con la PHA de localidad; para mayor apoyo te sugerimos que te dirigas a la oficina del Departamento de Vivienda que te quede más cerca.

Preferencias locales y lista de espera: ¿qué son y cómo me afectan? una pregunta muy común que nos hacemos.

Debido a que la demanda de los vales de Sección 8; por lo general sobrepasa la cantidad en cuanto a los recursos que dispone el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano y los organismos locales de vivienda, es muy común que el tiempo de espera sea mayor.

Es tanto asi, que una PHA puede llegar hacer el cierre de su lista de espera de poseer más familias en la lista de las que pueden recibir asistencia en un futuro próximo.

Debido a esto, las sucursales pueden llegar a contar con preferencias locales a la hora de elegir los solicitantes que esten en la lista de espera; por ejemplo, las asociaciones les pueden llegar a dar prioridad a un núcleo familiar que:

  1. No cuenta con una vivienda o la misma sea muy precaria.
  2. Aquellos que dispongan más del 50% de lo que perciben para hacer el pago de un alquiler.
  3. Al ser desplazados involuntariamente del lugar donde vivían.

Generalmente, todas las familias que son calificables para alguna de estas preferencias las adelantas en la lista; lo que se entiende que reciben los vales primero que otras familias que no hayan calificado.

Cada PHA tiene la moderación de definir preferencias locales; donde se pueda reflejar las necesidades y prioridades de vivienda de su comunidad particular.

¿Qué son los vales de la Sección 8?

Como ya lo hemos comentado el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos, lo que busca es que las viviendas seguras e higiénicas sean accesibles para todos los residentes de bajos ingresos, inhabilitados asi como adultos mayores.

Preguntas frecuentes

No puedo pagar mi auto ¿Qué hago?

¿Qué se entiende como subsidio de alquiler?

La PHA; hace el cálculo de la cantidad máxima de asistencia para una vivienda aceptada.

La asistencia máxima para la vivienda por lo general según la norma el pago menos el 30% de los ingresos mensuales ajustados de la familia, o la renta bruta de la unidad menos el 30% de los ingresos mensuales ajustados.

¿Se puede llegar a transferir un voucher de la Sección 8 a otro estado?

 Dentro del marco del Programa de Vales de Elección de Vivienda, la «portabilidad» es cuando se hace un proceso por medio del cual la familia puede transferir, o «portar», el subsidio de alquiler.

 Esto a la hora de mudarse; a otro lugar que esta fuera de la jurisdicción de la Agencia de Vivienda Pública donde previamente se realizó la solicitud.

Entonces, para que estés segura que no tendrás inconvenientes, asegúrate de ir hasta la Autoridad de Vivienda y sal de duda consulta si  es posible hacer la portabilidad.

De igual manera; debes asistir a la Autoridad del sitio donde vayas  a residir nuevamente.

Vamos a mencionar; algunas de las razones por las que no puede llegar hacerte el cambio la Autoridad de Vivienda son:

  • La Autoridad de Vivienda no desea hacer pago alguno por ningún vale y la nueva Autoridad de Vivienda tampoco está dispuesta (En inglés a esto se le llama (“billing” y “absorbing”).
  • En caso que el ente encargado la (AV) pueda encontrarse en una rigidez de presupuesto y no se permita hacer transferencias.
  • Que no esté dispuesta a continuar pagando el vale; debido a que la mudanza es a una zona más costosa.
  • No lleves más de 12 meses percibiendo la asistencia del programa.

EXITO


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