Oficinas de desempleo en Puerto Rico, en la ocasión de haber perdido nuestro trabajo por razones de terceros, las cuales son ajenas a nuestra voluntad y vivimos en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico-PR, podemos ser elegibles para aplicar por el beneficio por desempleo.
El cual es administrado por el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en inglés Puerto Rico Department of Labor & Human Resource, además de ser la entidad coordinadora de las variadas agencias de desempleo existentes en la isla de Puerto Rico.
En la oportunidad, de requerir aclarar nuestras inquietudes sobre este beneficio de forma presencial, en las siguientes líneas, encontraremos las coordenadas para ubicar la oficina de desempleo que nos sea más conveniente visitar.
Además de algunos datos relacionados con los servicios que la entidad nos ofrece, como sus horarios de atención y la forma en la que podemos realizar la solicitud del beneficio en cuestión.
TABLA DE CONTENIDO
Oficinas de desempleo en Puerto Rico
Para facilitar la ubicación de las variadas agencias de desempleo, existentes en la isla de Puerto Rico, a continuación describiremos por ciudad, la dirección y teléfono de cada una de ellas:
- Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico, se encuentra ubicado en el 431, Avenida Ponce de León, Pisos 10 y 12. Teléfono 787 945-7900. San Juan, PR 00918
- Comisión de igualdad de Oportunidad de Empleo, 525 FD Roosevelt Ave. Plaza Las Américas, en la Suite 1202. Teléfono 787-771-1485. San Juan, PR 00918-8001
- Arecibo: 49 Call. Emilio Castelar #53, Teléfono 787-878-0525. PR 00612
- Aguadilla-Borriquen: Agua Linda. Teléfono 787-891-3880. PR 00610
- Caguas: Calle Acosta #1. PR 00725
- Coamo: Carrera 153, Coamo Shopping Center. Teléfono 787-317-9406. PR 00769
- Fajardo: Calle Jorge Bird León #10. PR 00738.
- Guayama:Calle Calimano #6. Altos Supergangas. PR 00784
- Las Marías: 11 Calle Ernesto Ramos Antonini. Teléfono 787-834-8010. PR 00680
- Manatí: Teléfono 787-854-2495. PR 00674
- Mayagüez: Avenida Eugenio María de Hostos, Edif. Villa Capitán 1, en Suite 2, 830. Teléfono 787-832-3232. PR 00682
- Ponce: Avenida Santiago de los Caballeros, Calle Puerto Viejo #60, Playa Ponce. Teléfono 787-840-6980. PR 00716
- San Germán: Avenida Universidad Interamericana, Edif. Plaza Oasis. Teléfono 787-476-7600. PR 00683.
- Vieques: Calle Benítez Guzmán #46, PO Box 1478. PR 00765
Horarios de atención
El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, entre los diferentes servicios que nos ofrece, nos presenta un sistema en línea para realizar la solicitud o reclamo de los beneficios por Desempleo.
Siempre y cuando, cumplamos con los requisitos exigidos, entre los que se cuentan el haber trabajado en la isla, en un tiempo mínimo de dos trimestres, durante los últimos 18 meses. Además de haber quedado desempleados por razones ajenas a nuestra voluntad.
La operatividad de este servicio, es 24/7, lo que significa que podemos accederlo durante las 24 horas del día, en los 7 días de la semana.
Con la observación, que cualquier solicitud presentada pasada las 5:00pm, será procesada en el siguiente día laboral.
También, contamos con los servicios por la vía telefónica, marcando el número 787-9457900. Esta modalidad está disponible, en el mismo horario que las oficinas de empleo, es decir, desde el lunes hasta el viernes, a partir de las 7:00am hasta las 4:30 pm. Con excepción de los días feriados y festivos.
Línea de reclamos
Además de las opciones comentadas previamente, para solicitar los beneficios por desempleo, el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico, nos brinda a través de su División de Seguro por Desempleo, el Sistema Automatizado de Voz.
Este servicio tiene la finalidad de ampliar los servicios, como son el reclamo de los beneficios semanales, la obtención de información adicional, así como el último cheque enviado.
También, nos ofrece la opción de realizar el respectivo deposito de nuestros beneficios en nuestra cuenta personal, bien sea de ahorros o de cheques.
La disponibilidad del servicio es desde las 7:30am a las 4:00pm, durante los días de la semana (lunes a viernes).
En caso de presentar reclamaciones parciales, las debemos enviar por la vía de correo postal a la atención del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos,
específicamente al Negociado de Seguridad de Empleo. Al P.O. Box 190797. En
San Juan, PR 00919-0797.
Programa PAN Puerto Rico
Las siglas de PAN, corresponden al Programa de Asistencia Nutricional, es muy similar al Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria-SNAP de los Estados Unidos.
Es una ayuda mensual, dirigida a las familias que devengan bajos ingresos, con el fin de complementar la obtención de productos alimenticios, incluyendo medicamentos y bebidas libres de alcohol.
La gestión del fondo de ayuda, está respaldado por la ADSEF o Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia, es la entidad que establece los criterios de elegibilidad, así como los niveles de beneficios, también la certificación del PAN. Incluyendo la emisión de tarjetas EBT y la certificación de menores a ser asociados.
La Tarjeta EBT, de Electronic Benefit Transfer Card, tambien llamada la Tarjeta de la Familia Puerto Rico, es la forma como se hace efectiva la ayuda económica para asistencia nutricional, cuya asignación es mensual.
La cantidad recibida depende de algunas variables, como son el ingreso económico por hogar, incluyendo los sueldos, con el carácter de “lo ganado”, además de los gastos o “no ganado”, como son el pago de alquileres, de intereses, etc., si tenemos alguna condición en el Seguro Social, también el número de integrantes de nuestro hogar, desde el más anciano al más infante.
Los recursos que financian el Programa PAN, provienen de las autoridades federales, específicamente del Servicio de Alimentos y Nutrición, por sus siglas en inglés FNS o Federal Nutrition Services, el cual es un ente adscrito al Departamento de Agricultura de los Estados Unidos.
Aunque el PAN es similar al SNAP, difiere en la limitación de uso, ya que los fondos que recibimos los puertorriqueños en nuestras tarjetas EBT, solo podemos usarlos en la compra de alimentos dentro de la isla de Puerto Rico.
Preguntas frecuentes
¿Qué es una Reclamación Parcial?
Es la solicitud presentada por un trabajador, cuando su jornada laboral sufre una reducción de horas, debido a la escasez de trabajo. En esta situación, el monto a cobrar por compensación de desempleo, dependerá de la cantidad total de horas laboradas y del beneficio semanal asignado.
¿Por cuánto tiempo puede un desempleado recibir los beneficios por dicha condición?
El lapso para cobrar el beneficio por desempleo es de 26 semanas.